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27 de septiembre de 2020

Presidente Sebastián Piñera presenta plan de subsidio al empleo: «La meta es la creación o recuperación de un millón de empleos»

El Mandatario explicó que se pagará un incentivo a las empresas de hasta 250 mil pesos por cada trabajador contratado y de 160 mil pesos por cada uno que haya sido despedido y sea recontratado, entre otras medidas. Esto durará hasta marzo del próximo año.

El Gobierno presentó este domingo un «plan de recuperación del empleo», el que tiene como gran pilar un “subsidio a la contratación”, para disminuir las cifras de desocupados que posee el país.

El programa tendrá mayor énfasis en las pymes, jóvenes y mujeres, ya que han sido estas últimas las más afectadas debido a la pandemia.El presidente Sebastián Piñera señaló que «la meta es la creación o recuperación de un millón de empleos».

Entre las características anunciadas, se pagará a las empresas que creen nuevos puestos de trabajos, hasta el 50% del sueldo bruto del trabajador contratado, con un tope de 250 mil pesos, montos que ascenderán a un 60% y 270 mil pesos en caso que la persona en cuestión sea mujer, joven o cuente con alguna discapacidad.

Además, se anunció que se pagará 160 mil pesos por cada trabajador que haya sido despedido durante la pandemia y que sea recontratado.Por otra parte, el Presidente aseguró que el beneficio comenzará a partir de ahora y durará hasta marzo del próximo año, cumpliendo con una serie de requisitos.

Las empresas deberán optar al beneficio a través del sitio web www.subsidioalempleo.cl.En el punto de prensa, además, el Presidente informó que «vamos a extender el pago del Ingreso Familiar de Emergencia por los meses de septiembre y octubre», por lo que se espera que beneficie a más de ocho millones de personas.-

Es un beneficio por una suma equivalente al 50% de la remuneración mensual bruta (RMB) del nuevo trabajador por el cual se postula, con tope de $250.000 mensuales.- Este subsidio tendrá una especial atención con las mujeres, quienes se han visto afectadas por esta crisis: alrededor de 810 mil de ellas han abandonado la fuerza laboral y alrededor de 290 mil han suspendido sus contratos.

Para el caso de las trabajadoras mujeres, los jóvenes de 18 a 24 años o las personas con discapacidad, el monto del beneficio ascenderá a un 60% del sueldo bruto de cada nueva contratación, con un tope de $270.000 mensual.- Se entrega por hasta 6 meses por cada contratación adicional que realice una empresa.-

El plan, sin embargo, también busca garantizar que las grandes empresas mantengan la mayor parte de su plantilla. Para esto, junto con contratar trabajadores adicionales con respecto a su planilla de julio de 2020, las grandes empresas deben mantener -al menos- el 80% de los mismos trabajadores que integraron su planilla en el mes de su primera postulación al subsidio.

SENCE revisará esto cada 3 meses desde su primera postulación al subsidio.- Las empresas que postulen a este subsidio deben cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Agrandar su nómina de trabajadores con contrato vigente respecto de la planilla que tenían a julio 2020. Se entregarán tantos subsidios como trabajadores se contraten y sean postulados con éxito, por sobre la mencionada planilla.

2.- Tributar en alguno de estos sistemas: contribuyentes de primera categoría;

3.- Pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.

SUBSIDIO AL REGRESO-

Se trata de un beneficio que se le otorga a la empresa por hasta 6 meses respecto de trabajadores que hubieren estado suspendidos a la fecha de lanzamiento, en virtud de la Ley de Protección del Empleo, y que sean reincorporados a sus funciones.-

El monto entregado asciende a $160.000 mensual por trabajador.- Las grandes empresas deben mantener la afectación económica que les permitió acceder al beneficio, lo que SENCE revisará a cada 3 meses desde su primera postulación al subsidio. Si no la mantiene, se les terminarán las restantes bonificaciones.-

Las empresas elegibles para este subsidio deben cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Haber experimentado una caída en sus ventas o ingresos brutos de -al menos- el 20% en el cuatrimestre abril-julio de 2020, respecto del mismo cuatrimestre de 2019.

2.- Tributar en alguno de estos sistemas: contribuyentes de primera categoría; o pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.-

Los trabajadores por los que podrá postular al subsidio deben ser mayores de 18 años; deben haber estado acogidos a la suspensión de los efectos del contrato de la Ley de Protección del empleo hasta el 31 de agosto de 2020, y haber sido reincorporados a sus funciones; y su renta mensual bruta no puede exceder de $961.500 (3 Ingresos Mínimos Mensuales).