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2 de marzo de 2020

#LeyGabriela

El Presidente Piñera promulgó esta mañana la Ley Gabriela, que modifica de manera importante la tipificación de femicidio incorporando los asesinatos de mujeres por parte de sus parejas sin convivencia y estableciendo la figura de femicidio por razones de género, que tendrá penas de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo.

Se considerará razón de género cuando el femicidio se produzca por las siguentes causas:

1. La víctima se encuentre embarazada.

2. Por haberse negado la víctima a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.

3. Cuando el delito se comete tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual.

4. Cuando la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución.

5. Cuando la víctima haya querido evitar la muerte o agresión de otra mujer.

6. Cuando se haya realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.

7. Cuando ocurra en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o cualquier forma de discriminación.

De la misma forma, cuenta con los siguientes agravantes:

-Cuando la víctima tenga un parentesco hasta el tercer grado con el agresor -Cuando la víctima esté en situación de vulnerabilidad -Cuando es menor de edad -Cuando existan antecedentes de violencia física, psicológica o sexual contra la víctima -Cuando el asesinato se haya hecho frente a sus hijos, padres o hermanos.

La ley, además, eliminó las atenuantes de haber actuado con arrebato u obcecación.Esta ley cierra una ventana de impunidad.

*TIPS*

● Esta ley fue nombrada en homenaje a Gabriela Alcaíno y su madre, Carolina Donoso, quienes fueron asesinadas el 11 de junio de 2018 a manos del ex pololo de Gabriela.

● El crimen estremeció al país y fue la inspiración de un proyecto que presentaron un grupo de diputadas de la oposición y de Chile Vamos. El Gobierno le puso urgencia y discusión inmediata antes de finalizar el periodo legislativo pasado, y el 30 de enero de 2020, luego de 1 año y medio de tramitación, el Congreso lo aprobó por unanimidad.

● Hasta esta ley, la muerte de una mujer, en ciertas circunstancias tenía la pena más alta de nuestro código penal, pero en otros casos, por no cumplir con la condición de haber vivido con su asesino, tenía una pena de 10 a 15 años.